Ley Karin · Ley 21.643 · Investigación

Procedimiento de investigación de la Ley Karin: plazos y pasos

Recibida una denuncia de acoso o violencia laboral, la Ley Karin fija plazos estrictos y exige un debido proceso con confidencialidad, imparcialidad, celeridad y perspectiva de género. Un solo error de plazo o de forma puede invalidar la investigación y exponer a la empresa. Esta guía ordena los plazos y los pasos para no equivocarte.

Los plazos que no puedes pasar por alto

El reloj corre desde la recepción de la denuncia. Estos son los plazos clave del procedimiento cuando la empresa investiga:

HitoPlazo
Informar a la Dirección del Trabajo el inicio de la investigación y las medidas de resguardo3 días hábiles desde la denuncia
Realizar la investigación internaMáximo 30 días
Remitir el informe y las conclusiones a la Dirección del Trabajo2 días desde el cierre de la investigación
Pronunciamiento de la Dirección del Trabajo30 días (si no responde, se tienen por válidas las conclusiones)
Aplicar las medidas y sanciones del informe15 días corridos desde el pronunciamiento

Alternativamente, la empresa puede optar por no investigar y remitir la denuncia a la Dirección del Trabajo dentro de 3 días; en ese caso, la Inspección investiga y tiene 30 días para pronunciarse.

Los principios que la investigación debe respetar

El procedimiento debe cumplir cuatro principios; ignorarlos anula la investigación:

  • Confidencialidad: proteger la identidad y los datos de las personas involucradas.
  • Imparcialidad: quien investiga no puede tener conflicto de interés con las partes.
  • Celeridad: respetar los plazos, sin dilaciones injustificadas.
  • Perspectiva de género: considerar el contexto y las asimetrías de poder.

No improvises una investigación con plazos legales

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Los pasos, en orden

  • 1. Recepción y medidas de resguardo: proteger a la persona denunciante de inmediato.
  • 2. Informar a la DT el inicio y las medidas (3 días hábiles).
  • 3. Investigación imparcial con registro de cada actuación (máx. 30 días).
  • 4. Informe y conclusiones remitidos a la DT (2 días desde el cierre).
  • 5. Aplicación de medidas tras el pronunciamiento (15 días).

Cómo Ordentis lo soporta

  • Flujo con plazos que avisa cada hito (3 / 30 / 2 / 15 días) para que no se pase ninguno.
  • Roles y medidas de resguardo definidos, con registro de cada actuación.
  • Expediente probatorio completo para la Dirección del Trabajo.
  • Conectado al canal de denuncias — la denuncia entra y dispara el procedimiento.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura la investigación interna?

Un máximo de 30 días. Además, hay que informar a la Dirección del Trabajo el inicio y las medidas de resguardo dentro de 3 días hábiles desde la denuncia.

¿La empresa está obligada a investigar?

Puede investigar internamente o, dentro de 3 días, remitir la denuncia a la Dirección del Trabajo para que la Inspección investigue. Lo que no puede es no hacer nada.

¿Qué pasa si la Dirección del Trabajo no se pronuncia?

Tiene 30 días para pronunciarse; si no responde en ese plazo, las conclusiones de la investigación se tienen por válidas.

¿En cuánto se aplican las medidas?

Dentro de 15 días corridos desde el pronunciamiento sobre el informe.

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